viernes, 27 de febrero de 2009

LA CONSTITUCIÓN EUROPEA


El llamado Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (TCE), cuyo proyecto había sido aprobado el 18 de junio de 2004, lo firmaron en Roma los jefes de gobierno de los países que forman la Unión Europea a 29 de octubre de 2004.
La UE se basa en los Tratados Constitutivos (
Tratado de París, mientras existió la CECA, y Tratados de Roma) y los Tratados y Actas que los modifican (Bruselas, Acta Única Europea, Maastricht, Amsterdam, Niza y los sucesivos Tratados de Adhesión) que fijan sus normas de funcionamiento y actuación. Este nuevo documento (conocido técnicamente como "Tratado constitucional") reemplazaría dichos tratados y sería similar a la constitución de un país.

El 12 de enero de 2005, el Parlamento Europeo aprobó una resolución por 500 votos a favor, 137 en contra y 40 abstenciones, en la que recomendó a los Estados miembros que ratificaran la Constitución.
En algunos países, el tratado fue sometido a referéndum que tuvo resultados distintos y mientras
en España los electores lo aprobaron con una baja participación (44%) en Francia y Holanda con una alta participación (69 y 63%, respectivamente) fue rechazado, lo que provocó una crisis institucional europea.

OBJETIVOS

-Armonizar y estabilizar la legislación comunitaria ya existente en un mismo documento jurídicamente vinculante.
-Definir la Unión Europea como una unión de estados y ciudadanos con unos derechos fundamentales.
-Reparto de competencias mejorado:
.Reforzamiento del Parlamento (aunque sigue siendo eminentemente consultivo) y la Comisión europea.
.La presidencia del Consejo será permanente, en periodos de 2 años y medio que se pueden prolongar una sola vez.
.Creación del cargo de ministro de Relaciones Exteriores de la Unión Europea.
en la libertad, seguridad y justicia comunes.
.Referéndum europeo.
-Simplificar: Los vetos han supuesto el principal escollo para la integración. El Tratado mantiene la unanimidad en la fiscalidad, política exterior y asuntos sociales, pero no será necesaria en justicia e interior, medio ambiente, mercado interior y transportes. Sin embargo el Tratado deja la posibilidad de eliminar la unanimidad en uno u otro punto si así lo decide el voto a favor de todo el Consejo de la UE.
Cambio del sistema de voto establecido en el Tratado de Niza, concediendo más poder a los países con más población. l escollo para la integración. El Tratado mantiene la unanimidad en la fiscalidad, política exterior y asuntos sociales, pero no será necesaria en justicia e interior, medio ambiente, mercado interior y transportes. Sin embargo el Tratado deja la posibilidad de eliminar la unanimidad en uno u otro punto si así lo decide el voto a favor de todo el Consejo de la UE.
-Cambio del sistema de voto establecido en el Tratado de Niza, concediendo más poder a los países con más población.



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